- Las minutas remitidas por las Cámara de Diputados y de Senadores, proponen reformar los artículo 123°, 40° y 19° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En sesión ordinaria de este martes 18 de marzo el pleno de la XVII Legislatura del Congreso del Estado de BCS, turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, y de la Juventud, y de Puntos Constitucionales, respectivamente, las minutas en materia de apoyo a jóvenes y fortalecimiento de la soberanía nacional, para su análisis y dictaminación.
Relativo a la minuta presentada por la Cámara de Senadores, se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de apoyo a jóvenes, a fin de que toda persona tenga derecho al trabajo digno y socialmente útil; por lo que, se propone añadir al mismo párrafo, que por medio del estado, se otorgue un apoyo económico mensual equivalente de al menos un salario mínimo general vigente, a jóvenes entre 18 y 19 años que se encuentren en desocupación laboral y no esté cursando algún nivel de educación formal, a fin de que se capaciten para el trabajo por un periodo de hasta 12 meses en negocios, empresas, talleres, tiendas y demás unidades económicas, en los términos que fije la ley.
En cuanto a la minuta remitida por la Cámara de Diputados, se proyecta reformar el segundo párrafo del artículo 19 y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de fortalecimiento de la soberanía nacional. En lo que respecta al artículo 19, para que el Ministerio Público pueda solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, entre otros. Así mismo, el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorción, entre otros. Referente al artículo 40, la disposición busca que las y los mexicanos, bajo ninguna circunstancia acepten intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero que sea lesivo de la integridad de la soberanía nacional, tales como golpes de estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea por tierra, mar, o espacio.