- La adición propuesta precisa la obligación de proporcionar orientación jurídica gratuita y facilitar la canalización a las autoridades competentes
Con el objeto de fortalecer la protección de las personas adultas mayores frente a las agresiones cometidas mediante tecnologías de la información y la comunicación, la diputada Cristina Contreras Rebollo (Morena) presentó al pleno iniciativa de reforma mediante la cual busca reformar y adicionar disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Baja California Sur.
Cristina Contreras indicó que la adición precisa la obligación de proporcionar orientación jurídica gratuita y facilitar la canalización a las autoridades competentes, mediante información clara y accesible; a fin de que las personas cuenten con un punto de apoyo para conocer sus derechos e identificar las vías de atención correspondientes, sin atribuir al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) funciones de investigación penal.
La promovente indicó que lo anteriormente expuesto atiende a las llamadas, mensajes y demás medios mediante el uso de las tecnologías de la comunicación a personas adultas mayores que aparentan provenir de instituciones financieras o dependencias públicas, mediante las cuales se solicitan datos personales, contraseñas, códigos de verificación o transferencias, ofrecimientos de premios inexistentes, supuestos servicios de asistencia técnica y relaciones de confianza para obtener recursos o acceder a información privada.
Las modificaciones se concentran en los artículos 3, 3 bis, 18 y 28, para incorporar expresamente la violencia digital, establecer su definición, incluir acciones preventivas en los programas de educación y capacitación y precisar la orientación jurídica y canalización institucional, manteniendo una relación directa entre el reconocimiento de esta forma de violencia y las medidas para atenderla.
La legisladora finalizó al destacar que la protección debe construirse desde el respeto a la autonomía, proporcionando herramientas para que cada persona pueda participar en el entorno digital y decidir sobre sus comunicaciones, relaciones y patrimonio; las medidas preventivas deben fortalecer esa capacidad de decisión y evitar que la preocupación por los riesgos se traduzca en restricciones injustificadas o en la sustitución de su voluntad.


